Sentencias de la Suprema Corte de Justicia
La Suprema Corte de Justicia, en la causa P. 142.189-Q, caratulada: "Torres Lacal, Pablo Gabriel s/ Queja en causa Nº 129.637 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", resolvió rechazar, sin más trámite, el recurso extraordinario de nulidad y, por improcedente, la queja deducida contra la denegatoria del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, con costas en ambos casos.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa I. 79.810"Kober, Silvia Beatriz y otros c/ Municipalidad de Trenque Lauquen s/ Inconstitucionalidad Ordenanzas 4.388/15 y 5.594/2024", declaró que en el caso no se encontraba comprometida la competencia originaria de la Suprema Corte para conocer en la constitucionalidad de las normas municipales impugnadas (arts. 161 inc. 1, Const. prov. y 683, CPCC). Para así decidir, remarcó que aun cuando en asuntos concernientes a la tutela ambiental las reglas procesales deban ser interpretadas con un criterio amplio, tal flexibilización no puede ser llevada al extremo de admitir, en el marco de una acción originaria de inconstitucionalidad, un planteo que se funda de modo predominante en vicios de mera legalidad y se centra en cotejar las ordenanzas impugnadas connormas de rango infraconstitucional. Sin embargo, en virtud de la garantía del acceso a la tutela judicial, entendió que los agravios esgrimidos debían ser enjuiciados ante los estrados contencioso administrativos, por lo que recondujo las actuaciones y dispuso la remisión de la causa a la Receptoría General de Expedientes del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, para su adjudicación al juzgado con competencia en la materia (arts. 15, Const. prov. y 5 inc. 1, CCA).
La Suprema Corte de Justicia, en la causa P141.300 resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, dejar sin efecto el pronunciamiento emitido por la Sala I del Tribunal de Casación Penal y comunicar lo resuelto al mentado Tribunal para que, con la urgencia que el caso reclama, dicte un nuevo fallo de conformidad con la presente.
La Suprema Corte de justicia en la causa P.141.732 "A.S.L.E. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa Nº 130.768 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV", resolvió hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, casar la sentencia impugnada por arbitraria y devolver los autos al tribunal de origen para que debidamente integrado dicte un nuevo pronunciamiento que brinde respuesta al agravio referido a la individualización de la pena en el sentido señalado.
La Suprema Corte de justicia en la causa P.140.300 "D Gregorio, María Laura E. -Fiscal Adjunta interinamente a cargo de la Fiscalía de Casación- s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en causa Nº 93.092 del Tribunal de Casación Penal, Sala I, seguida a R. P., E. S.", resolvió hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Ministerio Público Fiscal y condenar a E. S. R. P. por el delito de homicidio agravado por el vínculo en grado de tentativa, disponiendo el reenvío al Tribunal Único de Responsabilidad Penal Juvenil de Lomas de Zamora para que, con la premura que el caso exige, se expida sobre la necesidad o no de imponer pena y, en su caso, sobre su monto.
La Suprema Corte de Justicia en la causa P.140.776 "Flores, Gilda Nicole s/ recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa Nº 121.064 del Tribunal de Casación Penal, Sala V", resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la defensa oficial, con costas.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa L. 131.700, "Magliano, Mauricio Germán contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Enfermedad profesional", resolvió, por mayoría, rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada, en el que se cuestionaba la declaración de inconstitucionalidad por parte del tribunal de grado del plazo de caducidad de noventa días hábiles judiciales previsto por el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 para interponer la acción ordinaria de revisión plena contra la resolución de la comisión médica jurisdiccional.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la causa L. 136.349, "Brest, Gonzalo Oscar contra Asociart S.A. ART. Accidente – Ley especial", resolvió desestimar la queja interpuesta por la parte demandada, tendiente a impugnar la resolución del tribunal de grado que había rechazado por extemporáneo e insuficiente el depósito previo realizado por la recurrente. Para así decidir, sostuvo que dicha vía sólo procede contra resoluciones denegatorias del recurso extraordinario, no siendo admisible su intento contra la desestimación de una revocatoria. Asimismo, aclaró además que la competencia de los tribunales del trabajo concluye en la primera oportunidad en que formulan el juicio de admisibilidad sobre el remedio extraordinario deducido, resultando improcedente su posterior revisión por conducto de una revocatoria.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa L135.213 "Lastra, Mario Oscar y otro contra Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (U.A.T.R.E.). Amparo sindical", resolvió rechazar los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley deducidos por la entidad sindical accionada. En lo que reviste interés, desestimó la primera de las vías señaladas por considerar que aquellos agravios planteados relativos a supuestas irregularidades en la emisión del pronunciamiento por haberse dictado bajo las formalidades del veredicto y la sentencia, de considerarse la operatividad de la ley 15.057 (Res. SCBA 1840/24), no comprometen la validez formal del pronunciamiento ni obstaculizan la competencia revisora extraordinaria.
La Suprema Corte de Justicia en la causa P.141.139 "Ríos, Facundo Ariel S/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa Nº 34.329 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal del departamento judicial San Martín, Sala II", resolvió declarar la nulidad de oficio de la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Martín del 8 de junio de 2023 y los subsiguientes, y devolver el expediente al citado Tribunal de Alzada para que, previo tomar conocimiento de lo aquí decidido, lo envíe a la instancia, a los fines de que un magistrado hábil determine la pena a imponer a Ríos, con la premura y urgencia que el presente caso demanda.