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Sentencias destacadas tribunales provinciales


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Tribunal de Casación Penal (Sala V). Suspensión del juicio a prueba (art. 76 bis C.P.). Inhabilitación como pena conjunta. Ofrecimiento de autoinhabilitación.

El Tribunal de Casación Penal (Sala V) hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa y anuló el resolutorio pronunciado por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul que confirmó la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba y dispuso el reenvío de las actuaciones a la instancia para que, bajo los lineamientos sentados en la sentencia y considerando la necesidad de un ofrecimiento de autoinhabilitación, se celebre audiencia en los términos del artículo 404 del Código Procesal Penal. Para así decidir consideró que la previsión de la pena de inhabilitación como consecuencia de un delito, no configura un obstáculo insalvable para la viabilidad de la suspensión del juicio a prueba, máxime cuando el fiscal considera reunidas las condiciones para su otorgamiento con la propuesta de autoinhabilitación. Esta interpretación puede inferirse de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los fallos Acosta (F. 331:858) y Norverto (Causa 326 XLI), respecto al alcance del art. 76 bis del Código Penal. Posteriormente, en la causa Tortoriello (3526/2015), la Corte hizo lugar a un recurso contra un rechazo de la suspensión que, si bien se refería a la pena de multa, el delito en trato se conminaba también con pena de inhabilitación conjunta. El dictamen de la Procuradora Fiscal señalaba que la imputada había propuesto, entre otras medidas, autoinhabilitarse lo que resultaba demostrativo del consentimiento fiscal conforme a derecho.

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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata. Locación. Cláusula penal moratoria. Comparación del daño con el monto. Revocación de la morigeración.

La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 181.943, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de la locadora y dejar sin efecto la morigeración de la pena, condenando a la locataria a pagar la totalidad de su cuantía, asimismo, hacer lugar parcialmente al recurso de la locataria y condenar a la locadora a reintegrar el precio recibido por el primer alquiler en proporción a 22 días y elevar la condena por reparación del daño moral sufrido por la locataria a la suma de $ 3.000.000, en ambos casos con más intereses en la forma y a la tasa fijada en los considerandos.

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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de La Matanza. Acción de repetición de una ART contra el responsable del hecho ilícito y su aseguradora. Accidente que ocurre en el trayecto que va de su domicilio al trabajo. Obligación pura y simple. Constitución en mora. Obligación concurrente.

La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de La Matanza, en la causa Nº 5531, resolvió revocar la sentencia apelada y, en consecuencia, hacer lugar a la presente demanda, condenando al accionado C. I. M. y su aseguradora citada en garantía -en la medida de la cobertura contratada- a abonar a la ART demandante, la suma aquí ordenada ($274.144,09), con más los intereses fijados en el apartado "IV", desde la fecha de la mora fijada para cada uno de los accionados, hasta su efectivo pago, en el plazo de diez días de quedar firme la presente, bajo apercibimiento de ejecución.

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Tribunal de Casación Penal (Sala V). Derecho del imputado a confrontar a los testigos de cargo. Principio de contradictoriedad. Incorporación por lectura (art. 366 C.P.P.).

El Tribunal de Casación Penal (Sala V) hizo lugar, sin costas, al recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº2 del Departamento Judicial Avellaneda Lanús, que había condenado a Christian Gabriel Salazar a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el empleo de arma impropia en grado de tentativa; casó parcialmente el fallo por haber aplicado erróneamente los artículos 211 y 366, párrafo sexto, del Código Procesal Penal y recalificó el hecho como constitutivo del delito de robo simple en grado de tentativa y, en consideración a ello y a la pauta agravante ponderada, fijó la pena en tres años de prisión, accesorias legales y costas, más su declaración de reincidencia.

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Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul. Incendio forestal en bosque artificial privado. Daño ambiental de incidencia colectiva. Condena a recomponer el bosque. Daños individuales. Incendio rural y de sembrados.

La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, en la causa Nº 65.922, resolvió confirmar la condena a reparar el daño colectivo ambiental, derivado del incendio de un bosque artificial, implantado en una estancia privada declarada de valor histórico cultural.

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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora. Autorización de venta de inmueble en condominio. Unión convivencial previa al matrimonio. Bien adquirido durante la convivencia. Intervención del fuero de familia.

La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora, en la causa Nº 40.913, resolvió revocar la resolución de fecha 05/09/25.

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Cámara Civil y Comercial de Pergamino. Mala praxis. Responsabilidad médica. Consentimiento informado. Doble fuente de ilicitud.

La Cámara Civil y Comercial de Pergamino, en la causa Nº 5663, resolvió acoger parcialmente el recurso de apelación deducido por la parte actora en punto al rubro daño moral, confirmando en todo lo demás la sentencia apelada. Desestimar el recurso de apelación traído por la parte demandada.

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Juzgado de Familia Nº1 de Trenque Lauquen. Joven institucionalizado. Alimentos provisorios a cargo del progenitor. Perspectiva de niñez. Ampliación de los alimentos a ambos progenitores en forma indistinta, solidaria y a elección del alimentado.

El Juzgado de Familia Nº 1 de Trenque Lauquen, en la causa Nº 3820, resolvió ampliar los alimentos provisorios oportunamente fijados a favor de M. T. G., ordenando que sus progenitores Sres. R. O. M. y A. B. G. abonen, de manera indistinta, solidaria y a elección del joven alimentado, el equivalente al 0.96 de la CBT (canasta básica total) vigente en cada período, según publica mensualmente el INDEC.

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Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul. Autorización de viaje al extranjero hasta la mayoría de edad del hijo. Perspectiva de género.

La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul, en la causa Nº 73.962, resolvió hacer al recurso de apelación incoado por la actora mediante presentación electrónica de fecha 21.04.2025 y, en consecuencia, revocar la sentencia dictada el día 10.04.2025 y otorgar la autorización supletoria para que el adolescente I.O. salga del país con fines vacacionales, recreativos, deportivos y/o educativos, solo o en compañía de su progenitora, por períodos indeterminados de tiempo, sin limitación de destinos y hasta que el mismo adquiera mayoría de edad, dejando expresa constancia de que la presente autorización no implica en modo alguno la venia para radicarse en el extranjero.

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Tribunal de Casación Penal (Sala V). Delito imprudente: indeterminación de la conducta al fijar la materialidad ilícita. Sentencia como un todo único e inescindible. Tipicidad culposa: requisitos. Explicación preponderante del hecho como criterio de imputación objetiva.

El Tribunal de Casación Penal (Sala V) rechazó, con costas, el recurso interpuesto por la defensa oficial de Esteban Oscar Soria contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 2 de Bahía Blanca que lo condenó a la pena de cuatro años de prisión, inhabilitación para conducir vehículos por diez años, accesorias legales y costas, más declaración de reincidencia, como autor responsable de los delitos de homicidio culposo agravado y lesiones graves culposas agravadas por la conducción de un vehículo motor, ambos en concurso ideal. Para así decidir, en primer lugar, se abordó críticamente la forma en que el sentenciante fijó los hechos que conformaron la materialidad ilícita y se destacó la importancia de describir con precisión el hecho histórico ocurrido, para luego verificar la tipicidad de la conducta. Se evaluó después la conducta imprudente como un problema del tipo, plasmándose los requisitos de la tipicidad culposa: a) conducta violatoria del deber de cuidado, que genera o eleva el riesgo permitido en el marco de protección de la norma; b) concreción de ese riesgo en un resultado lesivo de un bien jurídico; c) nexo de determinación entre el obrar imprudente y el resultado. Se descartó el planteo de la defensa que enfatizaba en las conductas negligentes de las víctimas, pues lo que explicaba preponderamente el hecho que se tuvo por probado era la conducta imprudente del acusado. Con lo cual, más allá del accionar de las víctimas, el resultado lesivo se imputó objetivamente a la conducta imprudente de Soria que elevó el riesgo de manera inadmisible.

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