Sentencias destacadas tribunales provinciales
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, en la causa Nº 143.071, resolvió, por mayoría, modificar la sentencia apelada de fecha 24/04/2026, aclarada el 30/04/2026 y dejar establecido que el crédito estará integrado por el capital insoluto, los intereses compensatorios efectivamente devengados hasta la mora y, desde entonces, el interés punitorio expresamente pactado, con la capitalización semestral convenida y sujeto todo ello al límite indicado - siempre y cuando su utilización no supere -tomándose en conjunto los accesorios convenidos, por todo concepto, incluida la acumulación aquí decidida- la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, para restantes operaciones en pesos, sin acuerdo, incrementada en un 50%.
La Cámara Civil y Comercial de Junín en la causa Nº 9935, resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la accionante y en consecuencia, imponer las costas correspondientes a la declinación de cobertura en ambas instancias por el orden causado (conf. art. 68 del C.P.C.C.); ordenar que al capital de condena se le aplique la tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente ocurrido el 1/08/2023 hasta la fecha de estimación de cada perjuicio, y a partir de allí la tasa de interés moratoria publicada por el B.C.R.A.
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) rechazó, con costas, los recursos de casación interpuestos y confirmó la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº1 del departamento judicial Azul -con asiento en Tandil- que condenó a M.L.G.O. a la pena de ocho años y diez meses de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de promoción de la prostitución de mayores de dieciocho años agravado por llevarse a cabo mediante violencia, amenazas y aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima; a P.S.H. a la pena de cinco años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas por resultar participe necesario del delito de promoción de la prostitución de mayores de dieciocho años agravado por llevarse a cabo aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima y a N.A.M. a la pena de seis años y cuatro meses de prisión, accesorias legales y costas por resultar participe necesario del delito de promoción de la prostitución de mayores de dieciocho años agravado por llevarse a cabo aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima.
La Cámara Civil y Comercial de Pergamino, en la causa Nº 5912, resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, confirmando el pronunciamiento de grado.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, en la causa Nº 74.568, resolvió confirmarla sentencia de autos en cuanto ha sido materia de agravios.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala III) de La Plata, en la causa Nº 136.592, resolvió declarar procedente el recurso de apelación impetrado y por ende revocar el decisorio impugnado, asimismo, declarar la inconstitucionalidad del artículo 730 del digesto sustantivo, indicando que la declaración de inconstitucionalidad sólo produce efecto en esta causa y no tiene un fin derogatorio genérico de la norma en cuestión.
La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala I) de La Plata, en la causa Nº 142.759, resolvió revocar la resolución apelada que declara la nulidad de lo actuado por el doctor G. J. V. en su presentación de fecha 03/09/2025, con costas de ambas instancias por su orden.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 186.538, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de la parte actora y, en consecuencia, modificar la decisión de primera instancia incrementando el daño moral e imponer a la demandada una sanción en los términos del art. 52 bis de la Ley 24.240.
La Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal (Sala I) de Bahía Blanca, en la causa Nº 27.037, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso de apelación y condenar a S. C. por el delito de Tenencia de estupefacientes para consumo personal (Hecho I), y -por unanimidad- declarar la nulidad de la pena impuesta en relación al delito de Tenencia simple de estupefacientes (hecho II), en los términos del artículo 14 primer párrafo de la ley 23.737, devolviendo los autos a la instancia a fin de que se fije una nueva pena, teniendo en cuenta las pautas suscriptas por las partes en el acuerdo de juicio abreviado.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Quilmes, en la causa Nº 15.574, resolvió desestimar el recurso de apelación interpuesto por falta de interés legítimo para apelar encontrándose desvinculado del proceso por Cesión efectuada mediante la Escritura Nro. 82 del 28/09/18. Hacer lugar parcialmente al recurso interpuesto por la actora y modificar la sentencia apelada, declarando la nulidad parcial de la Cláusula Décimo Tercera del boleto y Sexta del contrato de locación de obra por resultar abusiva en los términos del art. 37 de la Ley 24.240, procediéndose a su morigeración judicial.