Sentencias destacadas tribunales provinciales
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Azul, en la causa Nº 74.322, resolvió declarar desierto el recurso de apelación en lo atinente a la legitimación de los actores y al progreso de la acción de reivindicación, adquiriendo firmeza lo decidido en la sentencia apelada, asimismo, confirmar la sentencia en cuanto establece que, en caso de fracasar la negociación ordenada, en la etapa de ejecución de sentencia se determinará el valor a compensar por la parte actora gananciosa de aquellas mejoras que se indiquen como resarcibles. Hacer lugar al agravio y revocar el pronunciamiento de grado, disponiendo que la demandada podrá ejercer el derecho de retención sobre el inmueble objeto del presente juicio hasta que sea satisfecho su crédito por mejoras.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mercedes, en la causa Nº 122.953, resolvió confirmar la sentencia apelada, con costas de segunda instancia al apelante.
El Tribunal de Casación Penal (Sala V) rechazó, con costas, los recursos de casación interpuestos por la defensa oficial de N.A.L. y por la Asesoría de Incapaces, y confirmó la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial Mercedes que lo condenó a la pena de seis años de prisión, accesorias legales y costas del juicio por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por el acceso carnal, con prohibición de contacto del imputado con la víctima y su hija menor por cualquier medio. Para así decidir, sostuvo que el análisis del caso concreto debía efectuarse a través de una mirada interseccional y que, lejos de ser un supuesto en el que las barreras actitudinales impidieron a la persona con discapacidad ejercer libremente su sexualidad, se trató lisa y llanamente de un ataque contra su integridad sexual. Se probó que la víctima fue sometida a un acto de violencia sexual, que la sorprendió y atemorizó, le causó dolor físico y al que se opuso expresamente. La hipótesis de la defensa de una relación sexual consentida se basó en los dichos del imputado que, además de no haber sido acreditados, fueron desmentidos con ciertas circunstancias del caso. A su vez, conforme una mirada con perspectiva de género, el consentimiento para mantener relaciones sexuales no puede presumirse a partir de comportamientos previos, sino que el mismo debe ser actual, único y específico. Un enfoque desde las perspectivas de discapacidad y de género no puede desconocer que las mujeres con discapacidad son más vulnerables a sufrir actos de violencia sexual. El imputado, más allá de sus limitaciones intelectuales, comprendió la antijuridicidad de su conducta pues, de acuerdo con las circunstancias probadas, N.A.L. tapó la boca de la joven, la llevó por la fuerza a un monte cercano y, luego de accederla carnalmente contra su voluntad, le exigió que no dijera nada de lo ocurrido, circunstancia por demás reveladora de la comprensión de la antijuricidad de su accionar.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Mar del Plata, en la causa Nº 185.743, resolvió rechazar el recurso de apelación de Assist Card Argentina S.A. de Servicios; haciendo lugar parcialmente al recurso de apelación de la parte actora.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Azul, en la causa Nº 74.129, resolvió confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios.
La Cámara Civil, Comercial y de Familia (Sala I) de Lomas de Zamora, en la causa Nº 50.981, resolvió revocar la resolución apelada de fecha 21/08/2025, con los alcances indicados.
La Cámara Civil y Comercial de Necochea en la causa Nº15.593, resolvió revocar la sentencia apelada y en consecuencia el capital del crédito prendario se indexará a partir del 10/4/2014 y hasta su efectivo pago conforme el RIPTE. Al capital actualizado, deberá aplicarse una tasa de interés del 3% anual a partir de esa fecha, momento hasta el cual correrán los intereses conforme la tasa declarada verificada.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Mercedes, en la causa Nº 122.774, resolvió confirmar a sentencia apelada, con costas de alzada por su orden.
La Cámara Civil y Comercial (Sala II) de Quilmes, en la causa Nº 29.474, resolvió declarar la nulidad de la sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 2024; rechazar la demanda interpuesta por el actor con costas de ambas instancias a su cargo en su condición de vencido.
La Cámara Civil y Comercial (Sala I) de Lomas de Zamora en la causa Nº 52601, resolvió revocar lo resuelto en fecha 25/03/26, costas en el orden causado.